El Gobierno nacional ha convocado al Consejo del Salario, Vital y Móvil para el próximo 19 de diciembre, una reunión clave para determinar el nuevo salario mínimo que afectará directamente a millones de trabajadores registrados y a los beneficiarios de programas sociales vinculados a este índice. La reunión se llevará a cabo de forma virtual y contará con la presencia de representantes del Ministerio de Trabajo, sindicatos y sectores empresariales. Durante el encuentro se abordarán dos temas principales: en primer lugar, se fijará el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), y en segundo lugar, se definirán los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, según lo establecido en el artículo 135, inciso b) de la Ley Nº 24.013.
La última actualización del SMVM estaba programada para octubre. Cabe recordar que, tras no llegar a un acuerdo en el Consejo del Salario en julio de 2024, el Gobierno Nacional decidió aplicar incrementos escalonados entre julio y octubre. Desde el décimo mes del año, el salario mínimo para los trabajadores mensualizados con jornada completa se fijó en $271.571,22, mientras que para los jornalizados se estableció un valor de $1.357,86 por hora. Estos valores representaron un ajuste del 1,3% respecto a septiembre. En ese mismo mes, el monto mínimo de la prestación por desempleo alcanzó los $153.785,61, mientras que el monto máximo fue de $271.571,22.
En la última reunión, se definió que la prestación por desempleo equivaldría al 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo. Sin embargo, se estableció que esta prestación no podría ser inferior al 50% del SMVM vigente ni superior al 100% del mismo.
¿Qué es el Salario Mínimo Vital y Móvil?
El Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) es una figura clave en la legislación laboral de Argentina. Se trata de la remuneración mínima que un trabajador debe recibir por su jornada completa de trabajo, sin importar su categoría o modalidad de contratación. Este derecho está garantizado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que establece que el trabajo debe ser protegido por las leyes, asegurando al trabajador "un salario mínimo, vital y móvil". La Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744) reglamentó esta disposición, estableciendo que el SMVM es la "menor remuneración que debe percibir en efectivo un trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de forma tal que le permita cubrir sus necesidades básicas, como alimentación, vivienda, educación, vestimenta, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y cobertura previsional".
El término "vital" hace referencia a que el salario debe ser suficiente para cubrir las necesidades básicas del trabajador y su familia, mientras que "móvil" implica que su valor debe ajustarse periódicamente para mantener el poder adquisitivo frente a la inflación.
Además de ser el piso salarial para los trabajadores formales, el SMVM también sirve como referencia para determinar los ingresos de los empleados informales y para calcular algunas prestaciones sociales, como las asignaciones familiares y las cuotas alimentarias para hijos.
Por lo tanto, la decisión que tome el Consejo del Salario será crucial no solo para los trabajadores registrados, sino también para quienes dependen de programas sociales ligados al Salario Mínimo Vital y Móvil.
Dado el contexto económico y que las últimas actualizaciones del SMVM estuvieron por debajo de la inflación general, se espera que las negociaciones entre las partes sean intensas. (Con información de Infobae)