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Policiales Exfuncionario sigue libre

Cuatro muertos en choque: Ruiz Orrico debe fijar domicilio en el departamento Uruguay

La Justicia de Concepción del Uruguay modificó la medida cautelar que pesaba sobre el exfuncionario provincial, Juan Ruiz Orrico, imputado por chocar y matar a cuatro personas en la ruta provincial 39.

13 de Agosto de 2024

Juan Ruiz Orrico, imputado por “Homicidio doloso agravado por el consumo de bebida alcohólica y cantidad de víctimas” por la tragedia vial ocurrida en la madrugada del 20 de junio que provocó cuatro muertes, deberá fijar domicilio cerca de Herrera, en donde tendrá que vivir al cuidado de otra persona, que sería su madre.

 

El fallo de la jueza Melisa Ríos, se produjo tras la audiencia de apelación a pedido de la parte Querellante, a cargo del doctor Mario Arcusin, representante de las familias de las víctimas, en reclamo de la decisión del juez de Garantías, Gustavo Díaz.

 

La semana pasada, el juez de Garantías no hizo lugar al pedido de prisión preventiva a Orrico y dispuso que el imputado siga viviendo en la localidad de Escobar, provincia de Buenos Aires, en casa de su madre.

 

Audiencia

En la audiencia de este lunes en los Tribunales de Concepción del Uruguay hubo cuestionamientos de las partes y de la misma vocal para con el representante del ministerio Público, ante la postura que viene presentando.

 

El querellante insistió firmemente en la posibilidad de que el acusado Orrico pudiera darse a la fuga, dado que en juicio podría ser condenado a prisión efectiva, la que la pena (de seguir la misma carátula) estaría entre los 3 y los 6 años de prisión.

 

Arcusin volvió a plantear que Orrico tiene los contactos para poder escapar a la condena ya que puede fugarse embarcado en un buque de ultramar, debido a sus contactos por la actividad en el Entre Portuario.

 

También dejó en dudas el tema del arraigo, ya que vive en Escobar, que no fue cotejado por la Fiscalía y recalcó que en juicio va a solicitar una pena comprendida en el tercer tercio, por lo que será efectiva, reclamando la prisión preventiva domiciliaria.

 

El querellante comparó este caso con otros, a los que marcó como de menor importancia y en los cuales se dictó la medida de prisión preventiva y no entendía porque en este no se adopta la misma postura.

La postura del fiscal

Por su parte el fiscal Eduardo Santo, mantuvo los dichos vertidos oportunamente, a lo que la jueza le solicitó que fundara los mismos, negando o aceptando la medida.

 

Fue así que Santos manifestó que sin dudas la prisión preventiva es la medida que mejor garantizaría el debido proceso, pero también consideraba que con las medidas impuestas por el juez de Garantías, eran suficientes, ya que no hay riesgos de entorpecimiento alguno y que el acusado estuvo siempre a derecho.

 

Fue allí donde la jueza le pidió al fiscal que dé a conocer la pena que peticionaría la Fiscalía en juicio, a lo cual dijo que por el momento no tiene fijada la pena a pedir, porque depende de cómo se llegue al juicio, si es que hay modificación.

 

Siempre en contacto

Santos, remarcó que Orrico por más de 50 días sin estar procesado, se mantuvo permanentemente en contacto con la Fiscalía, informándose sobre su situación y sus respectivos traslados para atención médica y recuperación, así como su lugar de residencia en casa de su madre en Escobar, lo que demuestra que estuvo siempre a disposición y que cuando se lo citó a declarar, se presentó inmediatamente.

 

El fiscal aseguró que cuando se piden medidas, se lo hace con elementos y en esta caso no los hay, asegurando que cada caso es diferente.

 

Qué dijo la defensa

En el caso de la defensa, ejercida por los doctores Félix Pérez y Eduardo Monje, fue el primero de ellos quien hizo uso de la palabra rechazando lo que consideró una “petición en soledad” por parte de la Querella, considerándola infundada y carente se sustento fáctico y jurídico.

 

Pérez manifestó que lo dispuesto por el juez de Garantías para con su cliente, “tiene firme fundamentos y luce claramente ajustados a derecho”, según publica el portal 03442.

 

También consideró que se debe hacer una prognosis del hecho que es culposo, cuya pena en expectativa es de 3 años y es factible de cumplimiento condicional, más allá de lo que pidan las partes, debiéndose tener en cuenta que Orrico no tiene antecedentes, no tiene causas en trámite, tiene reconocido arraigo y estuvo siempre a derecho con un correcto comportamiento procesal.

 

El defensor resaltó que Orrico tuvo gravísimas lesiones y problemas psicológicos y todo su derrotero en los tratamientos, fueron presentados permanentemente por parte de sus abogados.

 

La decisión de la jueza

Escuchadas las partes, la jueza hizo un análisis de lo expuesto y consideró que se está ante un hecho verdaderamente trágico, pero el tiempo transcurrido, dejaba demostrado que el acusado siempre respondió y se mantuvo respetuoso de la causa.

 

Valorando los posibles riesgos o la no presencia de estos, viendo que transcurrieron más de 45 días sin planteos ni objeciones, dispuso mantener la medida dispuesta por el doctor Díaz, pero ordenó que Orrico regrese a la jurisdicción del Juzgado, y fije domicilio en Colonia Rincón Gená (Herrera), con prohibición de salir del departamento Uruguay, salvo autorización Judicial y para tratamientos médicos, por el plazo de 90 días.

 

Temas:

Tragedia

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