Los abogados de los tres policías de Entre Ríos acusados por la muerte de Ariel Goyeneche en febrero de 2024, cuestionaron las conclusiones de una perito forense del Superior Tribunal de Justicia (STJ). La fiscalía, en respuesta, aseguró que la perito tiene la capacidad de aclarar las dudas planteadas por la defensa, que, sin embargo, considera necesaria la intervención de peritos imparciales.
Damián Petenatti e Iván Vernengo, defensores de los suboficiales Lisandro Romero y David Vázquez, junto a Eduardo Gerard, abogado del oficial Alan Vázquez, solicitaron este martes que se envíen todas las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) para contar con una tercera opinión sobre la causa de la muerte de Goyeneche, ocurrida el 12 de febrero durante una detención frente a la comisaría segunda de Paraná.
Petenatti y Vernengo pusieron en duda los informes de autopsia realizados el 14 de febrero y el 26 de junio de 2024 por la perito Lilian Pereyra, y presentaron un informe de su propio perito, Oscar Chiappetti. La defensa pidió a la CSJN que responda a 16 puntos que consideraron no abordados en el informe de Pereyra.
El fiscal Santiago Alfieri se opuso a esta solicitud, argumentando que los profesionales de la justicia de Entre Ríos pueden responder a las inquietudes de la defensa con objetividad. Señaló que no hay motivo para desviar el caso hacia la CSJN.
La defensa cuestionó la posibilidad de que la perito, cuya conclusión sobre la causa de muerte fue objetada, pudiera ofrecer una respuesta que contradiga su propio informe. También mencionaron una supuesta inconsistencia, al señalar que en un caso anterior se aceptó la misma solicitud, respaldada por el Ministerio Público Fiscal, mientras que, en este caso, que involucra una muerte durante una detención, se opone.
Criticaron la afirmación de la perito sobre que la muerte de Goyeneche fue causada por asfixia mecánica y destacaron que no explicó adecuadamente cómo llegó a esa conclusión. Además, indicaron que, aunque mencionó el "Protocolo Minnesota", no lo aplicó correctamente, lo que impide a las partes comprender los fundamentos de su determinación sobre la causa de muerte. (APF)