El Ministerio de Transporte aprobó un modelo de certificado que habilita a circular a los transportistas incluidos en los servicios esenciales y que deberá ser presentado en los correspondientes controles, en el marco de la emergencia sanitaria dictada por el Gobierno, a raíz de la pandemia por el coronavirus,
Lo hizo a través de la resolución 74/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial que incluye a las personas afectadas a las actividades y servicios de comercio exterior, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles, gas licuado de petróleo (GLP) y producción y distribución de biocombustibles.
Todas estas actividades están exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, y de la prohibición de circular.
En consecuencia, la cartera de Transporte aprobó la certificación de una declaración jurada que habilita a los transportistas que realizan servicios de transporte terrestre de cargas, nacionales e internacionales, declarados esenciales, a circular.
La resolución puso de relieve que el objetivo de la medida es facilitar las funciones de los trabajadores de dichas actividades.
<a href='https://www.argentina.gob.ar/covid-19-medidas-de-prevencion-en-el-transporte-terrestre-para-pasajeros-y-transportistas' target='_blank'>El documento se encuentra disponible en la web de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)</a>.
El mismo deberá ser presentado en los controles viales para comprobar, de manera clara y unificada, su excepción al aislamiento social, preventivo y obligatorio.
<a href='https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/if-2020-18624283-apn-dnrntrmtr.pdf' target='_blank'>HACÉ CLICK PARA DESGARGAR EL FORMULARIO </a>