Un mecánico fue condenado por ocasionar un choque en una ruta provincial en el que un hombre resultó con graves lesiones en sus piernas. En el proceso, se probó que el mismo conducía alcoholizado.
La colisión ocurrió el 25 de noviembre de 2023 en la Ruta Provincial N° 1, en el departamento La Paz. El proceso se cerró con un juicio abreviado.
El fallo
El juez de Garantías y Transición de La Paz, Walter Carballo, dictó sentencia condenatoria para Horacio Ramón Leguiza, de 31 años, aplicándole dos años de prisión condicional (no va a prisión) y reglas de conducta por igual plazo por el delito de lesiones graves culposas agravadas. Estas incluyen la realización de un curso de seguridad vial y la abstención de realizar actos molestos, intimidatorios o perturbadores hacia las víctimas.
Ante el magistrado, Leguiza admitió que alrededor de las 21.40 del 25 de noviembre de 2023 conducía en un vehículo marca Honda Fit, por Ruta Provincia N° 1, kilómetro 9, en dirección noroeste-suroeste y que, en un momento, invadió el carril contrario de circulación, embistiendo de frente a un Volkswagen Gol, el cual era conducido por J.R.B., de 31 años, quien era acompañado por su esposa y sus hijos de nueve y seis años.
La colisión produjo graves lesiones en el conductor oriundo de Santa Elena, ya que quedó atrapado en el auto y debió ser rescatado por Bomberos Voluntarios.
"A raíz de la maniobra antirreglamentaria de Leguiza, y de su ingesta alcohólica previa -el mismo contaba con 1,99 grs./l de alcohol en sangre- resultaron J.R.B. con fractura de fémur y peroné de pierna izquierda -lesiones las cuales le aparejan una incapacidad laboral superior a los treinta días- y el resto de los ocupantes del vehículo con lesiones de carácter leve", se detalló en la acusación.
Leguiza "se encontraba en evidente estado de ebriedad"
Asimismo, en el acuerdo de juicio abreviado se detalló que los policías que intervinieron la noche del choque informaron que Leguiza "se encontraba en evidente estado de ebriedad", además de que en su vehículo observaron "una botella de cerveza vacía en el interior y una lata también vacía de la misma bebida".
Al entrevistarlo sobre lo ocurrido, señalaron que les manifestó que "se encontraba transitando por Ruta Provincial N° 1 hacia el suroeste y es chocado por el otro vehículo, detallando no haberse dormido y que habría sido culpa de la otra parte".
Sin embargo, las pruebas periciales desmintieron su relato. Y es que personal de la División Criminalística de la Policía informó en el legajo de investigación que "el siniestro se produce en virtud de la invasión de carril llevada a cabo por parte de Leguiza". A ello se le sumaron los informes de la División Toxicología y el Gabinete Toxicológico del Ministerio Público Fiscal, que establecieron que "el Sr. Leguiza ostentaba una cantidad considerable de alcohol en sangre -1,99 grs./l-".
Acuerdo
Al presentar el acuerdo, la Fiscalía y la defensa del imputado destacaron que en este caso "se da la imprudencia que es una conducta positiva, consistente en una acción de la cual había que abstenerse por ser capaz de ocasionar determinados eventos de daños o peligro, haciéndose así peligrosa para el derecho ajeno, penalmente tutelado".
El juez Carballo homologó en todas sus partes el acuerdo y dictó la sentencia condenatoria para el mecánico. Deberá cumplir dos años de prisión condicional, realizar un curso de seguridad vial y evitar actos molestos hacia las víctimas, publica diario Uno.