El Gobierno Nacional reglamentó este martes la desregulación del Transporte Automotor de Pasajeros de larga y media distancia, con una medida publicada en el Boletín Oficial. Según el Ejecutivo, se busca generar una mayor competitividad en el sector, con la agilización de procesos administrativos y la reducción de trámites.
La medida se oficializó con la Resolución Nº 57/2024, impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
La nueva reglamentación impacta en los servicios de transporte de pasajeros, con las modificaciones para los trámites en del Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP).
Desregulación del transporte de pasajeros: qué implica
Con la nueva disposición, el Gobierno reglamenta los procesos de desregulación del transporte automotor de pasajeros de larga y media distancia, como de oferta libre contemplados en los decretos 883/2024 y 830/2024 respectivamente, con modificaciones centrales que brindarán mejoras al sector.
"Se moderniza un régimen de más de 30 años de antigüedad que tenían hasta el momento un sistema cerrado, con permisos rígidos y burocracia excesiva, pasando ahora a un sistema simple, declarativo, gratuito, digital y que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes", remarcaron desde el gobierno de Javier Milei en un comunicado.
A partir de ahora, los transportistas se registrarán de manera online y gratuita mediante la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información relevante y actualizada de los servicios.
Qué es el Registro: las claves de las modificaciones
De acuerdo con la disposición, se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP), para brindar "mayor comodidad y transparencia", con el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos.
Las claves:
-El trámite estará disponible a partir del miércoles 11 de diciembre, y será obligatorio para la prestación de servicios de transporte automotor de pasajeros.
-Tendrá carácter de Declaración Jurada, según remarcó el Gobierno.
-El correo electrónico registrado será al que llegarán las notificaciones pertinentes durante el proceso.
-Los transportistas deberán completar: formulario de transportistas/empresas, DDJJ Nómina de Parque Móvil, DDJJ Nómina de conductores, título de propiedad o contrato de leasing de los vehículos, pólizas de seguros, etc.
-Una vez registrados, se emitirá el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de cinco días hábiles y podrán acceder a la inscripción de los servicios a prestar.
Los transportistas que ya estén prestando servicios podrán continuar operando y tendrán un plazo de hasta 60 días corridos para declarar en el RNTAP los servicios a realizar de acuerdo a la metodología aprobada.
"Antes de esta desregulación una modificación en cualquier parámetro operativo (recorridos, paradas, frecuencias, etc) tardaba entre 6 meses a un año como mínimo", expresó el Ejecutivo.
"Ahora, con esta medida y con el principal objetivo de satisfacer la demanda de traslado de pasajeros, se simplifica y acorta el tiempo burocrático, solo teniendo que informar la baja del parámetro con 15 días de antelación, procediendo luego al alta con la modificación deseada", agregaron.
"Exigencias de seguridad"
No hubo modificaciones en lo que respecta a las exigencias de seguridad de la normativa vigente, tanto de tránsito y seguridad vial, como en los requisitos en materia de seguridad, higiene y accesibilidad correspondientes a cada clase y tipo de vehículo.
Además, se deberá cumplir con la revisión técnica vehicular de los vehículos. Fuente: (El Cronista)