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Política PASO 2023

Rige la veda electoral: hasta cuándo y qué actividades quedan prohibidas

Desde las 8 rige la veda electoral ante la realización de las elecciones primarias este domingo. El Código Nacional Electoral establece una serie de actividades que quedan prohibidas. Los detalles.

11 de Agosto de 2023

La veda electoral por las PASO 2023 rige desde las 8 de este viernes 11 de agosto. Desde entonces y hasta las 21 del domingo 13, es decir, tres horas después de la finalización de los comicios, hay una serie de actividades que quedan prohibidas. Algunas prohibiciones comienzan en un momento más próximo a la apertura de la votación y otras se levantan en el momento mismo en que cierra el horario para votar.

 

Los ciudadanos que estén habilitados para votar en las PASO deberán tener en cuenta estas restricciones, con las cuales, entre otras cosas, se busca agilizar el proceso de votación.

 

Cuándo empieza la veda electoral

De acuerdo con el cronograma publicado por la Cámara Electoral Nacional, el cierre de la campaña y el inicio de la veda se producen 48 horas antes de las PASO; es decir, desde las 8 horas de este viernes 11 de agosto.

 

Además, el domingo 13 de agosto, día en que se desarrollan las Primarias, desde las 8 y hasta tres horas después del cierre de los comicios, está prohibido publicar resultados de encuestas, proyecciones o sondeos de opinión, pronósticos electorales, o referirse a sus datos, entre otras actividades.

 

Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral

 

Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, hay ciertas actividades que están prohibidas para los candidatos y para los votantes durante la veda:

 

- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral desde el viernes anterior a la votación.

 

- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

 

- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales desde el viernes.

 

- La venta de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo.

 

- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.

 

- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en el que se instalen las mesas de votación.

 

- Desde el sábado y hasta las 21 del domingo está prohibido portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias.

 

Qué pasa con quienes violan la veda electoral

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta.

 

Las penas establecidas para aquellos que violan la veda dependen del incumplimiento en el que incurran.

 

Cuándo empieza y cuándo termina la prohibición de vender alcohol

Está prohibida la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde las 20 del día anterior a la elección hasta las 21 del día en que se celebran los comicios.

 

A quien venda bebidas alcohólicas durante ese período le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.

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