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Segunda ola de Covid: qué restricciones establecieron los países sudamericanos

La curva de nuevos contagios por coronavirus sigue creciendo y a nivel mundial han endurecido las restricciones. En los países sudamericanos se han ido intensificando los controles y en muchos rigen toques de queda nocturnos.

7 de Abril de 2021
Chile

 

 

 

- Toque de queda: Desde el lunes 5 de abril será desde las 21:00 horas hasta las 5:00 hrs.

 

- Cierre de fronteras durante todo abril: Se restringirán los viajes al extranjero por 30 días, tanto para ciudadanos chilenos como extranjeros residentes. Se exigirá que los choferes de camiones que ingresen por frontera terrestre, cuenten con PCR de máximo 72 horas y se realizarán de exámenes aleatorios de antígenos por personal de Salud.

 

- Se limitan los productos comercializados: Se mantienen los imprescindibles para la subsistencia (alimentos, medicamentos, artículos de aseo e higiene personal). Por 15 días, se elimina la venta de prendas y calzado.

 

- Limitación de permisos de desplazamiento individual: Se vuelven a otorgar solo para trabajadores o prestadores de servicios de actividades esenciales que no puedan hacer teletrabajo.

 

- Limitación horario de actividad física: De 6:00 a 9:00 hrs.

 

- Aforo máximo de 5 personas para cultos religiosos.

 

Ecuador

 

 

El país se encuentra en estado de excepción y toque de queda desde el 2 de abril por 30 días.

 

-Toque de queda desde las 20:00 a las 5:00 hrs.

 

-Suspensión de las clases presenciales.

 

- Suspensión de la jornada laboral presencial en el sector público.

 

- Se prohíben eventos de congregaciones religiosas.

 

-Restricción de movilidad vehicular particular.

 

- Uso de transporte público solo con autorizaciones especiales.

 

 

Brasil

 

 

Pese al vencimiento de las medidas de restricción del Gobierno Federal, ciudades como San Pablo, Río de Janeiro y Brasilia decretaron toques de queda nocturnos, prohibición de eventos con aglomeraciones y cierres de comercios.

 

Río de Janeiro prorrogó las medidas de aislamiento social decretadas en marzo:

- Toque de queda nocturno entre las 23 y las 5 hasta el 19 de abril.

 

-Hasta el 10 de abril no funcionará el comercio no esencial, bares, restaurantes, cines, museos y teatros y luego lo harán con horarios restringidos.

 

-Las playas estarán cerradas hasta el 19 de abril.

 

San Pablo

El gobierno estadual extendió la cuarentena en todos los 645 municipios del Estado hasta el 11 de abril.

 

- Toque de queda nocturno

 

- Escuelas con actividades suspendidas.

 

- Se mantienen los servicios esenciales de alimentación y abastecimiento, salud, bancos, limpieza, seguridad y comunicación; actividades industriales y agrícolas.

 

- Cerrados los shoppings y galerías, gimnasios, entre otros.

 

- El gobierno recomienda la suspensión de ceremonias, celebraciones o misas, pero no se cerrarán templos e iglesias.

 

Brasilia mantuvo durante las últimas tres semanas de marzo:

 

- Toque de queda entre las 22.00 y las 5.00 hrs de la mañana

 

- Suspensión del comercio y servicios no esenciales.

 

- Prohibición de venta de bebidas alcohólicas desde las 20:00 hrs

 

 

Colombia

 

 

El Presidente Iván Duque anunció medidas restrictivas desde el 5 al 19 de abril.

Esas medidas cambian según el nivel de ocupación de camas de unidades terapia intensiva (UTI) y de la cantidad de personas infectadas.

 

 

- Toque de queda nocturno en todos los municipios que tengan una ocupación de UTI superior al 50%. Los horarios varían según las ciudades. Las más complicadas tendrán esa medida entre las 22:00 y las 5:00 hrs.

 

- Pico y Cédula las personas tendrán restricciones en el uso transporte público y en el ingreso a establecimientos comerciales en función de los números de sus cédulas de identidad.

 

- Prohibición de eventos públicos que impliquen aglomeración de personas, cierre de lugares de baile, fiestas y reuniones en general. Prohibición de venta de bebidas alcohólicas en horarios nocturnos.

 

- Regulación del uso de de sitios públicos que generen aglomeración, como playas, malecones y plazoletas.

 

- Autoaislamiento responsable recomendación de evitar visitas familiares y o con personas no convivientes en espacios cerrados, especialmente si hay adultos mayores o personas con comorbilidades.

 

Perú

 

 

El gobierno dispuso medidas restrictivas durante la Semana Santa. Hasta el momento no se han anunciado nuevas medidas. El 11 de abril se desarrollarán en forma normal los comicios presidenciales.

 

Entre el 1 y el 4 de abril las medidas fueron:

 

- Inmovilización Social Obligatoria

 

- Suspensión de transporte nacional interprovincial vía terrestre y aéreo (del 1 al 3 de abril)

 

- Prohibición de uso de autos particulares en todo el país

 

- Restricción de salidas solo para comprar artículos esenciales, a pie o en bicicleta, dentro del radio domiciliario.

 

- Transporte público o taxis habilitados solo disponibles para personal esencial.

 

- Atención en Mercados de productos básicos de 4:00 a 18:00 hrs.

 

- Delivery de farmacias las 24 horas.

 

- Atención de emergencia en establecimientos de salud las 24 horas.

 

- Delivery de restaurantes de 4:00 a 23:00 hrs.

 

- Personal de prensa y medios de comunicación las 24 horas.

 

- Servicio de seguridad ciudadana las 24 horas.

 

Uruguay

 

 

El presidente Luis Lacalle Pou anunció el pasado 23 de marzo medidas que tendrán efectos hasta el 12 de abril.

 

- Suspensión de las clases presenciales en todos los niveles de enseñanza hasta la Semana Santa, tras la cual se retomarán gradualmente.

 

- Cierre de oficinas estatales a excepción de servicios imprescindibles.

 

- Cancelación de los espectáculos públicos

 

- Cierre de gimnasios

 

- Aforo de ómnibus interdepartamentales

 

- Cierre obligatorio de bares a medianoche

 

- Clausura de free shops en las fronteras

 

- Prohibición de eventos y fiestas sociales. Intervención del Ministerio del Interior en la suspensión de los encuentros.

 

- La fuerza pública disolverá cualquier aglomeración en el espacio público

 

Paraguay

 

 

Las nuevas medidas anunciadas por el Presidente Mario Abdo Benítez estarán vigentes desde el 05 al 12 de abril de 2021.

 

- La circulación estará permitida de 05:00 hasta las 23:59 hrs en todo el país

 

- Podrán operar comercios esenciales y no esenciales.

 

- Locales gastronómicos (bar, café, restaurantes) podrán operar desde las 05:00 hasta las 23:59 hrs, con reserva previa y con hasta un máximo de cuatro personas por mesa. Las bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 23:59 a las 05:00 hrs.

 

- Retorno seguro a instituciones educativas para el desarrollo de las clases en la modalidad virtual o híbrida-semipresencial.

 

- Estarán permitidos los eventos sociales de 05:00 hasta las 23:59 hrs, con un máximo de hasta cien personas, en mesas de hasta seis personas.

 

- Los encuentros en residencias particulares deberán realizarse con un máximo de hasta doce personas.

 

- Los funcionarios públicos trabajarán en las oficinas de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 hrs.

 

-Se permite la actividad física al aire libre en grupos de hasta cuatro personas.

 

- No se permiten las competencias deportivas (torneos) en ninguna de sus modalidades.

 

- Se permiten clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados garantizando cuatro metros entre personas.

 

- Las actividades culturales podrán ser realizadas de 05:00 a 23:59 horas, con un aforo máximo de setenta y cinco personas sentadas. Uso obligatorio de tapabocas.

 

- Los actos de culto deberán llevarse a cabo con un máximo de setenta y cinco personas en espacios cerrados y hasta cien personas en espacios abiertos o al aire libre.

 

- Estricto control en los principales accesos a la Capital y ciudades del área Metropolitana.

 

Bolivia

 

 

El presidente Luis Alberto Arce Catacora, aprobó el 1ero. de abril un Decreto Supremo que establece nuevas medidas específicas para contención del covid-19.

 

- A partir de las cero horas se dispone el cierre temporal de fronteras por el plazo de siete días en los puntos fronterizos con Brasil. Se dispondrá también el cierre de fronteras temporal en otros puntos fronterizos de acuerdo a su situación epidemiológica.

 

- En poblaciones fronterizas donde se haya verificado la circulación comunitaria de variantes de interés del SARS CoV-2, el Ministerio de Salud coordinará con las provincias el encapsulamiento de dichas poblaciones, estableciéndose los controles necesarios para su mitigación, por el tiempo que sea requerido.

 

- Se prioriza la vacunación en las fronteras, iniciando en los puntos fronterizos con Brasil, para posterior y gradualmente seguir en el resto de las fronteras, según situación epidemiológica.

 

- Viajeros provenientes del exterior, nacionales y extranjeros, con carácter excepcional y obligatorio, deberán presentar una Prueba RT-PCR negativa y certificada. 72 horas antes de su embarque en el país de origen si el viaje es por vía aérea y 72 horas antes de su ingreso al país, cuando sea terrestre, fluvial o lacustre. Además, deben presentar una declaración jurada del lugar de su estadía en territorio boliviano y realizarse la prueba RT-PCR al séptimo día de aislamiento.

 

-Los pasajeros extranjeros que no tengan residencia permanente deben contar con un seguro de salud con cobertura para la COVID-19. También se debe realizar la toma de muestra para la prueba RT-PCR al séptimo día de aislamiento, cuyo costo deberá ser cubierto por el pasajero; en caso de ser positivo el resultado, se procederá a dar cumplimiento al protocolo correspondiente.

 

-Antes de ingresar al territorio boliviano, los pasajeros extranjeros que no tengan residencia permanente en Bolivia deberán contar con un seguro de salud con cobertura para la COVID-19, que cubra los gastos para su tratamiento.

 

-Los gobiernos subregionales normarán horarios de atención de centros comerciales, eventos sociales, deportivos y culturales, bares y discotecas. También se amplía hasta el 30 de abril de 2021 la vigencia de los carnets y licencias de conducir vencidas.

 

- El Gobierno aprobó otro Decreto que amplía hasta el 30 de abril de 2021 la aplicación de medidas y acciones de bioseguridad y vigilancia epidemiológica en el país, orientadas a la reducción de contagios de la COVID-19, con la finalidad de proteger la salud y la vida de la población.

 

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