En el marco del convenio de colaboración entre la Biblioteca del Poder Judicial y la Pontificia Universidad Católica Argentina facultad “Teresa de Ávila”, el Taller de Litigación Penal de esa casa de estudios realizará este jueves a las 18 un simulacro de juicios por jurados, en la Biblioteca del STJ, ubicada en el subsuelo del edificio de calle Laprida 255.
Esta actividad es organizada con la colaboración del centro de estudiantes de Derecho y el Área de Extensión y Compromiso Social de dicha casa de estudios.
Contará con la participación del personal de la Dirección de Biblioteca, alumnos del Taller de Litigación Penal, y sus docentes Néstor Oroño; Gretel Ramírez Kunzi y Micaela Domé Schmidt.
También estarán presentes el coordinador de Juicio por Jurados del Poder Judicial de Entre Ríos, Fermín Bilbao, el defensor oficial Jorge Sueldo y las fiscales Ileana Viviani y María Florencia Acuña.
Además podrán participar todas las personas interesadas en esta temática, con una experiencia que tiene como objetivo ofrecer una visión única sobre este proceso judicial.
Juicio por jurados en Entre Ríos
- Con la sanción de la Ley Nº 10.746 de Juicio por Jurados, fechada el 5 de noviembre de 2019, nuestra provincia de Entre Ríos implementó el sistema de juzgamiento penal mediante Juicio por jurados, modificando así la forma de realizar los juicios en la provincia, para los casos en que se juzguen delitos graves, cuya pena máxima en abstracto sea de veinte (20) años o más de prisión.
- El juicio por jurados es un mandato que estableció nuestra Constitución Nacional de 1853 en sus artículos 24, 75 inciso 22 y 118, y que la Constitución de la provincia de Entre Ríos adoptó en el artículo 122 inciso 23, para garantizar la participación ciudadana en la administración de justicia y acercarla a la sociedad.
- Es así que cuando en nuestra provincia se deba juzgar un hecho grave, el Tribunal estará formado por un juez técnico y un jurado integrado por un grupo de doce (12) ciudadanos –mitad mujeres y mitad hombres- elegidos del lugar del hecho que se juzga, quienes deberán decidir si existió y si la persona acusada es o no culpable.
- El jurado otorga mayor imparcialidad, ya que la decisión será tomada por doce personas que no están involucradas de manera previa en el caso ni pertenecen al Poder Judicial. De este modo el sistema de Juicio por jurados es más respetuoso de los derechos y garantías que rigen el proceso penal, dado que aumenta la legitimidad y la confianza que tiene la ciudadanía en la justicia, ya que es la propia sociedad la que toma las decisiones.
- Como lo establece la Ley en su artículo 4º, el jurado “estará integrado por 12 miembros titulares y, como mínimo, por cuatro suplentes, y será dirigido por un solo juez penal. El juez podrá ordenar que haya más suplentes de acuerdo a la gravedad, duración y/o complejidad del caso. El panel del jurado titular y suplentes deberá estar integrado siempre por mujeres y hombres en partes iguales”.