Aguinaldo. En estos días los trabajadores en relación de dependencia -del sector privado y público-, así como los jubilados y pensionados, recibirán el segundo Sueldo Anual Complementario (SAC).
Se trata del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto de los seis meses previos. La primera cuota, es la que se abona en junio.
Cuándo se paga, cómo se calcula, a quién le corresponde, cuándo no se recibe y cuánto tiempo hay que trabajar para cobrarlo, son algunos de los interrogantes al respecto.
¿Hasta cuándo hay tiempo para abonar esta segunda cuota del SAC?
Los empleadores deberán liquidar el medio aguinaldo antes del 18 de diciembre. Sin embargo, ese plazo se puede extender hasta cuatro días hábiles, por lo que este año se podría abonar hasta el 22 de diciembre.
Aguinaldo: ¿Cómo se calcula la última cuota?
Se toman los 5 recibos de julio a diciembre, y el cálculo se hará sobre el mes en el que se percibió la remuneración más alta (en este caso y por el ritmo de ajustes, debería ser el último). Si el sueldo de diciembre fuera mayor que los anteriores, en enero se cobrará la diferencia correspondiente.
A ese monto, se lo divide por 2 para obtener el aguinaldo bruto.
Hay que tener en cuenta que para tener el número real se deben descontar las cargas sociales, es decir jubilación, PAMI u obra social y sindicato. Una vez descontados todos esos ítems se obtiene el monto final del aguinaldo neto, que es el que se debe recibir en mano.
¿Las horas extras y las comisiones entran en el cálculo del aguinaldo?
Sí, las horas extras, las comisiones y toda otra remuneración variable forma parte del pago mensual devengado y que debe considerarse a los efectos de calcular cuál fue el mejor mes.
En estos casos, corresponde realizar promedios de las remuneraciones variables. Por ejemplo, si el empleado tuvo la misma remuneración fija de julio a diciembre y en este último mes, trabajó 30 horas extras, el valor correspondiente a las mismas deberá considerarse íntegramente en el mes de diciembre.
No obstante, se excluye todo rubro no remunerativo.
¿El ítem “A cuenta de futuros aumentos” suma para calcular el aguinaldo?
Sí, el rubro “a cuenta futuros aumentos” debe considerase ya que es un rubro que integra la remuneración mensual devengada.
¿Cómo calcular aguinaldo si se trabajó sólo uno, tres o seis meses?
Aquellas personas que hayan trabajado sólo un mes en el semestre también tienen derecho a cobrar aguinaldo. Para conocer de cuánto es el monto del SAC, deben dividir el salario percibido por 12, y el resultado es la cantidad de dinero que deben percibir. Por ejemplo, si alguien trabajara por $100.000, la cuenta sería 10.000/12; es decir, que por ese mes de trabajo debería cobrar $8.333.
Si el trabajador registrado estuvo tres meses prestando servicios en un lugar, debe dividir el salario por 12 y, a ese resultado, multiplicarlo por tres. Así llegará al monto exacto que corresponde cobrar.
Por ejemplo, si la persona del ejemplo anterior trabajara desde octubre, la cuenta sería $ 100.000 dividirlo por 12 y luego multiplicarlo por 3 y el resultado arrojaría que le corresponde cobrar $ 25.000 de aguinaldo.
Las personas que hayan trabajado un semestre en una misma empresa deben dividir el salario por 12 y, luego, ese resultado, multiplicarlo por 6. En el primer ejemplo, el segundo medio aguinaldo sería de $ 50.000.