La Casa Gris resolvió anoche declarar a toda Santa Fe como territorio de alto riesgo epidemiológico, lo que implicará que las medidas restrictivas impuestas en el decreto nacional se aplicarán en forma homogénea en toda la provincia. Además, en el marco de la implementación del decreto de necesidad y urgencia (DNU) que rige a nivel nacional desde hoy y hasta el 30 de abril, se permitirá el ingreso de comensales a bares y restaurantes hasta las 23, estirando el margen de tolerancia, pero acatando la prohibición en la circulación entre las 0 y las 6. Además, la administración de Omar Perotti permitirá el funcionamiento de cines, teatros, shoppings y actividades deportivas en lugares cerrados hasta 10 personas. Las medidas van en consonancia a lo resuelto por las provincias linderas de Córdoba y Entre Ríos, integrantes, junto a Santa Fe, de la Región Centro.
El decreto con la firma de Perotti se conocerá en las primeras horas de hoy. Sin embargo, La Capital accedió al punteo de los principales ítems que integrarán el plexo normativo. Lo más trascendente es la decisión del gobernador santafesino de resolver la uniformidad en la condición sanitaria en toda la provincia.
Esto implica que no habrá distingos entre zonas de mayor riesgo y zonas de menor riesgo (el DNU establecía zonas 1 y 2, según variables epidemiológicas). Todos los departamentos están considerados en la misma condición.
Es por esta homogeneidad que se entiende a toda la provincia como de alto riesgo epidemiológico.
En la adaptación del DNU con anclaje santafesino, los bares y restaurantes podrán permitir el ingreso de comensales hasta las 23. Luego de ello, no podrá ingresar más gente a los locales gastronómicos y, a la medianoche, se cortará toda la actividad y se limitará la circulación de las personas excepto quienes sean parte del personal esencial.
Para las actividades al aire libre, está prohibida la participación de más de 20 personas, y de más de 10 personas en lugares cerrados.
Las reuniones familiares quedan suspendidas al igual que los encuentros sociales en domicilios particulares (salvo para los convivientes y para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados).
En cuanto a la educación, el sistema de semipresencialidad y virtualidad de las clases se mantendrá inalterable y en forma alternada.
En lo que respecta a las tareas laborales, seguirán como hasta ayer, cumpliendo a rajatabla con los protocolos autorizados.
Los deportes también se mantendrán con los protocolos de acción. El denominado fútbol 5 seguirá con normalidad, con participación de hasta 10 jugadores o jugadoras.
En los cines, teatros y centros culturales, junto a otros establecimientos, se admitirá una ocupación de hasta el 30 por ciento de la superficie de cada institución o local.
Los casinos volverán a cerrar, esto implica la suspensión de actividades en City Center. Lo propio ocurrirá con los locales que intentaron reconvertirse: discotecas, salones de fiestas y actividades de salas de juego, como bingos.
La normativa también promete controles policiales para vigilar el cumplimiento del DNU. El transporte público no reviste novedades. En Rosario se hará énfasis en la ventilación cruzada de ventanillas y en los tabiques divisorios de los choferes con los pasajeros.
Los controles viales y aéreos en el ingreso y egreso de Santa FE no tienen previstas novedades.
Estas medidas se establecen para todo el territorio provincial, como acción preventiva ante el aumento de contagio, hasta el 30 de abril.
En cuanto a la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados, ya se indicó que se admiten hasta 10 personas salvo que “no se pueda mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre participantes; con la excepción de las competencias oficiales, las que podrán desarrollarse siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias competentes”.
El coeficiente máximo de ocupación del treinta por ciento de las superficies cerradas también involucra a los edificios y templos religiosos.
Cabe recordar que la totalidad de las actividades que están permitidas deberán ajustar sus horarios de desarrollo a los fines de posibilitar el cumplimiento de lo dispuesto en el DNU en cuanto establece el permiso de circulación vehicular en la vía pública a la estrictamente necesaria para realizar actividades definidas como esenciales, entre las cero y las 6 horas, todos los días de la semana.