Policiales Habrá nuevo juicio

Anularon el fallo que absolvió a acusado de violar a su ex pareja

La Fiscalía apeló el fallo del Tribunal de Juicios de Gualeguaychú que absolvió a Ezequiel Martínez, acusado de violar a su ex pareja Fernanda Otero. El 9 de julio de conocerá el fallo de la Cámara de Casación de Paraná.

10 de Julio de 2015
El Día

La Cámara resolvió el lunes hacer lugar al recurso presentado por la Fiscalía y la querella. Reenvió la causa al Tribunal de Juicios de Gualeguaychú para que, con otra terna, realice un nuevo juicio y dicte un nuevo fallo.

 

La Cámara de Casación Penal anuló el fallo del Tribunal de Juicios de Gualeguaychú que absolvió a Ezequiel Martínez, acusado de violar a su ex pareja Fernanda Otero.

 

"Estoy muy satisfecho con que se haya corregido una grave injusticia y anulado una sentencia arbitraria, ilógica, que carecía de mínimos fundamentos jurídicos hasta el punto de abrogar el delito de violación, al vaciar de contenido los conceptos violencia y libre consentimiento, y que desprotegía la libertad sexual de las personas al no poder decir que "no". Festejo que se haya anulado esta sentencia que sentaba un grave precedente, muy por debajo de los estándares internacionales en la materia", manifestó a ElDía el abogado de la víctima, Fabián Otarán.

 

El 16 de junio se realizó en la Cámara de Casación Penal en Paraná la audiencia por el recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal, representado por Lisandro Beherán, y la querella, tras la absolución del Tribunal de Juicios de Gualeguaychú a Ezequiel Martínez.

 

En esa audiencia se mantuvo el pedido de nulidad de la sentencia absolutoria al delito de abuso sexual, el cual se le imputaba a la ex pareja de Fernanda Otero, víctima de una supuesta violencia de género originada en febrero del 2012, en una casa del Camino de la Costa.

 

En mayo del 2014, el Tribunal integrado por Alicia Vivian, Arturo Dumón y Mariano López, decidió absolver a Ezequiel Martínez del delito de abuso sexual con acceso carnal por considerar que no había elementos contundentes para quebrantar su estado de inocencia, aunque lo condenó a tres meses de prisión condicional por considerarlo responsable del delito de lesiones leves.

 

Martínez había admitido ante el Tribunal que en la discusión con Fernanda Otero, él respondió con un cabezazo a una agresión y que eso ocasionó las lesiones en la mujer, que permaneció internada tres días en el Hospital Centenario.

 

Durante los alegatos del juicio, el por entonces fiscal Mauricio Derudi (actualmente Vocal del Tribunal de Juicios de Gualeguaychú) había solicitado 7 años de prisión de cumplimiento efectivo, pena a la que adhirió el querellante Fabián Otarán.

 

Finalmente, <b>el Tribunal de Casación, integrado por Hugo Perotti, Marcela Davite y Miguel Giorgio, resolvió "hacer lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal y el Querellante particular, casándose la sentencia y reenviando la causa al Tribunal de Juicios de Gualeguaychú para que, debidamente integrado, reedite y renueve los actos procesales necesarios y dicte nuevo fallo conforme a derecho".</b>

 

Este fallo todavía debe adquirir firmeza, por lo cual la Defensa de Ezequiel Martínez, representada por Pablo Di Lollo, tiene un plazo de 10 días para presentar un recurso extraordinario ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, pero como el lunes próximo comienza la Feria Judicial, el vencimiento podría estirarse hasta la primer semana de agosto.

 

En definitiva, los camaristas del órgano de alzada ordenaron que se realice un nuevo juicio, que deberá estar compuesto de una nueva terna, en la cual (además de Vivian y Dumón) tampoco podrá estar presente el actual vocal del Tribunal de Juicios de Gualeguaychú, Mauricio Derudi, debido a que actuó como Fiscal durante el debate.

 

<b>"La conclusión absolutoria no aparece como derivación lógica de las pruebas que conforman el factum, ya que existen en el sub júdice elementos de cargo suficientes para determinar la existencia y declaración de responsabilidad del encartado"</b>, fundamentó la Cámara.

Gualeguaychú