Sociedad En Santiago del Estero

Acusado de iniciar un brote de coronavirus admitió que fue a "tres asados"

Está internado pero fuera de peligro en calidad de detenido. Originó que se diera marcha atrás con la vuelta a clases en Santiago del Estero. Dijo que estuvo en tres asados pero esas personas con las que estuvo dieron negativo de Covid-19.

14 de Agosto de 2020

El hombre acusado de ser el iniciador del nuevo brote de coronavirus en la provincia de Santiago del Estero, que originó que se diera marcha atrás con la vuelta a clases y se suspendieran por 30 días, admitió que "participó de tres asados" pero negó que haya viajado a otra provincia "en forma ilegal", informaron fuentes judiciales.

 

Luis Avila, el llamado "caso 41", quien está internado pero fuera de peligro en calidad de detenido, "dio su versión de los hechos desde el 18 de julio hasta el 3 de agosto y dijo que estuvo en tres asados pero según los registros esas personas con las que estuvo dieron negativo de Covid-19", dijo el fiscal Sebastián Robles.

 

Precisó que el hombre "una vez que ya tiene los síntomas, acudió a los médicos quienes le diagnostican angina. Posteriormente mantuvo reuniones con sus familiares por lo que sus contactos estrechos dan positivos de Covid-19".

 

En cuanto a las versiones que Avila habría viajado de forma ilegal a otra provincia, el fiscal indicó que el hombre "adujo que no salió de la provincia, aunque de todas maneras elevamos oficios a las compañías de teléfono para que se investigue".

 

"Él no sabe dónde se contagió", por lo que "es una investigación compleja por el mapeo epidemiológico que se tiene que hacer, por eso en los próximos días vamos a continuar con las declaraciones testimoniales, especialmente con familiares, allegados y los médicos que lo atendieron", explicó el fiscal .

 

Luis Ávila está internado en el hospital Independencia, fuera de peligro en calidad de detenido desde el domingo pasado, y continuará internado "posiblemente por 10 días más".

 

Robles detalló que Avila tiene una imputación provisoria por violación a los artículos 205 y 202, que son los delitos por "propagación de una enfermedad peligrosa y contagiosa" y "violación a las medidas adoptadas para impedir la introducción o propagación de una epidemia".

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